domingo, 24 de abril de 2011

Clase Semana del 18 al 21 de Abril

Ley 16.744.-

Decreto Supremo Nº 54: Aprueba reglamento para la constitución y funcionamiento de los comités paritarios de higiene y seguridad.- (21 de febrero de 1969)

¿ Qué es un Comité Paritario de Higiene y Seguridad ?

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre empresas y trabajadores, para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.

Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores.

¿Cuáles son sus principales funciones?

Instruir sobre la correcta utilización de equipos de protección personal.
Vigilar el cumplimiento de medidas de prevención de higiene y seguridad.
Investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales en la empresa.
Decidir negligencia inexcusable.
Adoptar medidas de higiene y seguridad para la prevención de riesgos profesionales.
Cumplir funciones encomendadas por el organismo administrador.
Promover la capacitación.

¿Cuáles son los requisitos para ser miembro?

Tener más de 18 años.
Saber leer y escribir.
Un año de antigüedad en el trabajo.
Realizar cursos de orientación en prevención de riesgo.


¿Cuáles son los beneficios de constituir un Comité Paritario?
Aprovechar las mejores ideas y prácticas de prevención de accidentes.
Disminuir los días perdidos por accidentes laborales.
Crear una Cultura Preventiva en todos los estamentos de su empresa.

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